ACOMETIDAS ELÉCTRICAS
ACOMETIDAS ELÉCTRICAS
Se
entiende por acometida, la parte de la instalación eléctrica que se construye desde las redes de
distribución, hasta las instalaciones del usuario, y estará conformada por los
siguientes componentes: punto de alimentación, conductores, ductos, tablero
general de acometidas, interruptor general,
armario de medidores o caja para equipo de
medición, los cuales se muestran en la Norma AE
200.
De acuerdo con el numeral 230-3 del Código Eléctrico Colombiano (Norma NTC 2050) una edificación o una estructura no deben ser alimentadas desde otras. Los conductores de acometidas de una edificación o una estructura no deben pasar a través del interior de otro edificio o estructura.
La acometida eléctrica servirá para transportar y utilizar la energía después del punto de conexión de la red de distribución.
De acuerdo con el numeral 230-3 del Código Eléctrico Colombiano (Norma NTC 2050) una edificación o una estructura no deben ser alimentadas desde otras. Los conductores de acometidas de una edificación o una estructura no deben pasar a través del interior de otro edificio o estructura.
La acometida eléctrica servirá para transportar y utilizar la energía después del punto de conexión de la red de distribución.
CONTINUIDAD DE LA ACOMETIDA
Los
conductores de la acometida deberán ser continuos, desde el punto de conexión
de la red hasta los bornes de la entrada del equipo de
medida.
No se aceptarán empalmes, ni derivaciones, en ningún tramo de la acometida. En la caja o armario de medidores deberá reservarse en su extremo una longitud del conductor de la acometida suficiente que permita una fácil conexión al equipo de medida.
La instalación de la acometida será realizada únicamente por personal autorizado.
TIPOS DE ACOMETIDAS
ACOMETIDAS AEREAS:
Desde redes aéreas
de baja
tensión la acometida podrá ser aérea para cargas
instaladas iguales o menores a 35 kW.
Cuando existen redes aéreas de media tensión, la acometida de MT podrá ser aérea para cargas iguales o inferiores a 150 kVA, siempre y cuando, admitan la instalación de transformador de uso, dedicado en poste en dicha zona, aunque la entrada de los cables de BT al predio deberá hacerse en forma subterránea.
Cuando existen redes aéreas de media tensión, la acometida de MT podrá ser aérea para cargas iguales o inferiores a 150 kVA, siempre y cuando, admitan la instalación de transformador de uso, dedicado en poste en dicha zona, aunque la entrada de los cables de BT al predio deberá hacerse en forma subterránea.
En predios de zona rural donde se tengan redes particulares de MT, la acometida a dichos predios podrá ser aérea.
En subestaciones industriales de 34,5 kV tipo intemperie si el circuito es aéreo, la acometida podrá ser aérea.
ACOMETIDAS SUBTERRANEAS:
Desde redes subterráneas de baja tensión, la acometida siempre será subterránea, a excepción de edificaciones que estando alimentadas de redes aéreas, éstas se subterranizaron en trabajos posteriores de remodelación de redes.
DISTANCIAS DE SEGURIDAD
Adicional a las
distancias de seguridad especificadas
para cada tipo de acometida debe
cumplirse lo indicado por RETIE 2013,
numeral 25.7.2 literal c:, los conductores, tubería y cualquier punto eléctrico de
la acometida subterránea deberán mantener una distancia mínima de 20 cm a
cualquier tubería o punto de conexión de los servicios de agua y/o gas.
Si esta distancia no puede mantenerse se deberán separar en forma efectiva las instalaciones a través de una hilera cerrada de ladrillos u otro material dieléctrico, resistente al fuego y al arco eléctrico, mal conductor de calor y con un espesor mínimo de 5 cm.
Las redes aéreas de BT trenzadas son aisladas y no aplican distancias de seguridad a los predios. En el caso de redes aéreas de BT desnudas, la distancia de seguridad es de 1,70 m.
Comentarios
Publicar un comentario